Offline
¿Cuándo rotará el pico y placa en Cali? Conozca la fecha y evite multas
02/06/2023 05:45 en Noticias

Hay confusión y preocupación ante la rotación del pico y placa en Cali. Sin embargo, aquí, podrá encontrar la fecha de rotación, para que la tenga en cuenta y evite multas de tránsito.

Ante la confusión que existe sobre la rotación del pico y placa en Cali, aquí le explicamos la fecha a tener en cuenta para que cumpla con esta medida y así evite infracciones o multas de tránsito.

 

Primero, cabe recodar que la medida del pico y placa en la ciudad de Cali opera por 14 horas continuas de lunes a viernes, desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m., mediante el Decreto 4112.010.20.0019 de 2023.

La restricción decretada por la Secretaría de Movilidad de la ciudad a principios de este año tiene el objetivo específico de descongestionar las vías y mejorar la movilidad de los conductores y pasajeros.

Actualmente, el pico y placa funciona en la capital del Valle del Cauca de lunes a viernes de la siguiente manera:

Lunes: 3 y 4.

 

Martes: 5 y 6.

Miércoles: 7 y 8.

Jueves: 9 y 0.

 

Viernes: 1 y 2.

Teniendo en cuenta esto, el pico y placa en Cali para este lunes 29 de mayo de 2023 aplica para los vehículos particulares con las matrículas terminadas en dígitos 3 y 4.

La medida del pico y placa en la ciudad de Cali opera por 14 horas continuas de lunes a viernes desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m.

De acuerdo con el decreto del pico y placa, estarán exentos de la medida restrictiva las motocicletas y los taxis; sin embargo, es una decisión que, de requerirse, en el transcurso del año podría cambiar. Además, en el listado también están las personas que tienen movilidad reducida que están debidamente acreditadas y carnetizadas.

Cabe mencionar que no acatar el pico y placa es sancionado “de acuerdo con lo establecido en el inciso 14 del literal C) del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por la Ley 1383 de 2010 y codificado bajo la Resolución n.° 3027 de 2010 expedida por el Ministerio de Transporte”, señala el decreto. Es decir, con una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes, aproximadamente 580.000 pesos.

El año pasado había 21.456 vehículos exentos del pico y placa en Cali, los cuales estaban cobijados por 19 excepciones. Este año están vigentes 15 categorías y hay 3565 automotores circulando sin la restricción.

Tal y como lo establece el decreto firmado en el mes de enero de este año, el pico y placa del primer semestre se mantiene sin variación hasta el próximo 30 de junio, pero al día siguiente, es decir el 1 de julio, presentará una rotación que se extenderá hasta el día 29 de diciembre del mismo año.

Teniendo en cuenta esto, la medida del pico y placa en Cali rotará el 1 de julio y quedará de la siguiente manera:

Lunes: 1 y 2.

Martes: 3 y 4.

Miércoles: 5 y 6.

Jueves: 7 y 8.

Viernes: 9 y 0.

Excepciones

Tenga en cuenta que el pico y placa tiene algunas excepciones:

  • El grupo de vehículos exentos en el decreto 4112.010.20.497 del 1 de julio de 2021 adicionado por el Decreto 4112.010.20.914 del 20 de noviembre de 2021 y los demás actos administrativos que lo adicionen o modifiquen.
  • Los vehículos híbridos y eléctricos parametrizados por tipo de combustible eléctrico, gasolina/eléctrico o diésel/eléctrico.
  • Los vehículos de carga con capacidad mayor o igual a cinco toneladas, según su licencia de tránsito.
  • Los vehículos oficiales.
  • Vehículos cuyos propietarios paguen la tasa por congestión o contaminación establecida mediante el acuerdo municipal 0401 de 2016 o la norma que lo modifique.
  • Las motocicletas.

“Para efectos de acreditación de los vehículos exentos de la prohibición de pico y placa, debe radicarse una solicitud dirigida a la Secretaría de Movilidad de Cali y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en el decreto 4112.010.20.497 del 01 de julio de 2021 y los respectivos actos administrativos que adicionen o modifiquen su contenido”, explica el decreto.

La restricción del pico y placa tampoco aplicará para los vehículos de las Fuerzas Militares, las caravanas del Presidente de la República y sus ministros, del Alcalde y la Gobernadora, así como los carros con placas oficiales y los vehículos híbridos o eléctricos.

COMENTARIOS
¡Comentario enviado exitosamente!